Una subvención funeraria es un beneficio de ZUS o KRUS para la familia del difunto. La subvención funeraria es un reembolso parcial de los gastos funerarios. Desde hace varios años, el derecho a la prestación por desempleo se ha mantenido sin cambios. ¿A cuánto asciende la subvención funeraria y cómo la obtengo?

Contenido:

  1. Subsidio funerario: ¿a quién tiene derecho?
  2. Subsidio funerario: ¿quién puede obtenerlo?
  3. Subsidio funerario: ¿cuánto es?
  4. Subsidio funerario: ¿quién lo paga?

La ayuda funeraria es una ayuda económica única a la que tiene derecho la familia del difunto, así como la persona o institución que se hizo cargo de la organización del funeral. El derecho a una asignación se define en las disposiciones de la Ley de pensiones de vejez e invalidez (Revista de Leyes de 2022, artículo 1270).

Subsidio funerario: ¿a quién tiene derecho?

De conformidad con esta ley, se puede pagar un subsidio de funeral si el difunto era:

  • asegurado;
  • recibió una pensión (o no la recibió, pero cumplió con las condiciones para obtenerla);
  • era familiar de una persona que está asegurada o recibe una pensión (se considera familiar al cónyuge, padres, hijos -incluidos los adoptados, hermanos, abuelos, nietos, personas que tienen la tutela legal establecido, etc. ).

Es bueno saber que el subsidio de funeral también se paga después de la finalización del seguro o si la muerte se produjo durante el período de percepción de la prestación por enfermedad, la prestación por rehabilitación o la prestación por maternidad.

También es importante que el subsidio de sepelio se conceda sólo por un título, es decir, no se puede cobrar dos veces: por ejemplo, para el seguro de la persona fallecida y para el seguro de su familiar.

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Subsidio funerario: ¿quién puede obtenerlo?

Se puede otorgar un beneficio único en forma de subvención funeraria a la persona que cubrió los costos del entierro; la mayoría de las veces es alguien de la familia del difunto o alguien de sus amigos. Si el entierro fue pagado por el empleador, el hogar de bienestar social, la asociación religiosa o la comuna, entonces el subsidiova a una entidad determinada. Si los costos fueron compartidos, el beneficio puede ser compartido (en proporción a los gastos incurridos) entre las personas o instituciones que pagan por el funeral.

Subsidio funerario: ¿cuánto es?

El subsidio funerario asciende actualmente a 4.000 PLN. Esta es una cantidad fija pagada independientemente del costo real del pagador del funeral. Esto significa que incluso si fueran superiores a 4000 PLN, no tendremos la opción de aumentar el monto de la asignación. El derecho a recibirlo caduca si las personas que pagan el funeral no presentan una solicitud dentro de los 12 meses posteriores a la fecha de la muerte o desde la fecha del funeral; esta última situación se aplica a los casos en que, por ejemplo, hubo un problema con , por ejemplo, encontrar un cadáver. La asignación se paga dentro de los 30 días a partir de la fecha de presentación de los documentos.

Subsidio funerario: ¿quién lo paga?

El subsidio es pagado por la Institución de Seguro Social (ZUS) o, en el caso de los agricultores, por el Fondo de Seguro Social Agrícola (KRUS) previa presentación de una solicitud apropiada por parte de las personas interesadas.

La aplicación está disponible en las oficinas de ZUS y KRUS, así como en los sitios web de ambas instituciones (ZUS Z-12 o KRUS SR-26).

Al presentar la solicitud, es necesario adjuntar otros documentos:

  • certificado de defunción (o certificado de nacimiento en caso de muerte fetal),
  • recibos originales o facturas que documenten los gastos de entierro (o sus copias certificadas por el banco),
  • un documento que confirme la relación del difunto con el solicitante (certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, etc.)
  • certificado de pensión o seguro de invalidez del fallecido o de un familiar

La solicitud y los documentos se presentan personalmente, se envían por correo o electrónicamente (por ejemplo, a través del sistema PUE ZUS). También puede ser presentado por una persona autorizada. Esta opción es utilizada con mayor frecuencia por los directores de funerarias que se encargan de todos los trámites relacionados con el entierro, incluido el cobro de una asignación en nombre de la persona que paga el funeral para cubrir sus costos.

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