¿Suplemento de enfermería, o tal vez un beneficio de enfermería? Una persona enferma puede recibir ayuda financiera de ZUS o fondos municipales. El tutor de esa persona también puede contar con algún apoyo.

¿Quéapoyo financieroestá disponible para una persona enferma que tiene seguro médico? ¿Puede una persona que renuncia al trabajo para cuidar a un discapacitado también contar con beneficios adicionales? Presentamos la información más importante sobresubsidios y beneficios para ancianos y enfermos .

Prestación de enfermería

La prestación de enfermería se concede a una persona que no puede trabajar o no empieza a trabajar o renuncia a él porque tiene que cuidar, por ejemplo, de un padre o hermano discapacitado. El cuidado debe consistir en la ayuda constante de los discapacitados en la realización de las actividades diarias, en la rehabilitación, el tratamiento, etc., debido a la capacidad significativamente limitada para funcionar de forma independiente. Pueden solicitar el beneficio los hijos del discapacitado, naturales o hermanastros, nieto, nieta, abuela, abuelo, tutor legal. No se otorgará el beneficio a una persona que perciba un salario o tenga su propia pensión de jubilación, pensión de invalidez o subsidio de prejubilación. Si la persona que requiere cuidados constantes es casada o permanece en un centro de atención las 24 horas, no se pagará el beneficio. La condición para recibirlo es un certificado de discapacidad significativa del estudiante/tutelado o que impida el funcionamiento independiente. El dinero (520 PLN por mes) lo paga la comuna o poviat donde vive el tutor. ¡Advertencia! Una persona que tiene derecho a un subsidio de enfermería de ZUS y un subsidio de enfermería pagado por el municipio debe elegir cuál prefiere obtener.

Complemento de enfermería

Toda persona mayor de 75 años recibe de oficio un complemento de enfermería pagado por la Caja de Seguro Social (ZUS). Otras personas, por ejemplo, inválidos de guerra, pueden recibirlo, siempre que hayan sido reconocidos por el médico certificador de ZUS como completamente incapaces de trabajar y vivir de forma independiente. El complemento no se concede a las personas que permanecen en un centro asistencial la mitad de cada mes. A partir del 1 de marzo de 2012, el monto mensual de la prestación es:

  • para un inválido de guerra incapaz de trabajar e independienteexistencia, el importe es de 293,57 PLN brutos;
  • para otras personas: 195,67 PLN brutos.

La cuantía del suplemento de cuidados de enfermería se indexa anualmente, a partir del 1 de marzo de un año determinado, utilizando el índice de indexación de las pensiones de vejez.

Servicios para cuidadores

El beneficio se otorga al asegurado (obligatoria o voluntariamente) que cumpla las siguientes
condiciones:

  • cuida personalmente a un familiar enfermo, por ejemplo, cónyuge, padres, suegros, abuelos, nietos, hermanos;
  • no hay otros miembros de la familia que puedan cuidar al paciente;
  • el cuidador es despedido del trabajo porque está de baja por enfermedad debido a la necesidad de cuidar a los enfermos y no recibe ninguna otra remuneración aparte del seguro de enfermedad.

El subsidio de asistencia se concede a una sola persona que se ocupa del enfermo, la persona que lo solicitó. La prestación podrá percibirse durante un máximo de 14 días en un año natural. La base para el monto del subsidio de cuidado es la remuneración mensual promedio pagada por el período de 12 meses calendario anteriores al pago del subsidio o al empleo efectivo por meses calendario completos, si la incapacidad para el trabajo se produjo antes de este período. También se incluyen bonificaciones tales como premios trimestrales, anuales, ganancias, etc. de 1/12 del monto total pagado. El subsidio se paga a razón del 80 por ciento. el salario que califica para la asignación. La base no puede ser inferior a 1.294,35 PLN (desde el 1 de enero de 2012), es decir, el salario mínimo, después de la deducción de:

  • cantidad correspondiente al 13,71 por ciento este salario - para empleados de tiempo completo;
  • ingreso mensual promedio a partir del cual se paga la cotización del seguro de enfermedad por un período de 12 meses naturales;
  • cantidad correspondiente al 13,71 por ciento base para la evaluación de las contribuciones para este seguro - para empleados que no son empleados
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